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Un programa o proyecto se clasifica en este sector, siempre y cuando se enmarque en el Manual de Clasificación de la Inversión Pública elaborado por el Departamento Nacional de Planeación y cumpla con los lineamientos conceptuales y exclusiones para los programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación (CTeI), que establezca el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Además de los requisitos generales definidos en el numeral 6 del presente documento, los proyectos presentados en las fases I, II o III deberán cumplir con los requisitos sectoriales definidos en el presente numeral, teniendo en cuenta que, para el caso de la a Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación, se exigirán para aquellos proyectos incluidos en el listado de elegibles de las convocatorias públicas, abiertas y competitivas, que se presenten para su viabilización, priorización y aprobación ante el OCAD de Ciencia, Tecnología e Innovación, de conformidad con el artículo 1.2.3.2.5 del Decreto 1821 de 2020. En todos los casos la entidad que presente el programa o proyecto responderá por la veracidad de la información contenida en los documentos que soporten los requisitos
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Un programa o proyecto se clasifica en este sector, siempre y cuando se enmarque en el Manual de Clasificación de la Inversión Pública elaborado por el Departamento Nacional de Planeación y cumpla con los lineamientos conceptuales y exclusiones para los programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación (CTeI), que establezca el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Además de los requisitos generales definidos en el numeral 6 del presente documento, los proyectos presentados en las fases I, II o III deberán cumplir con los requisitos sectoriales definidos en el presente numeral, teniendo en cuenta que, para el caso de la a Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación, se exigirán para aquellos proyectos incluidos en el listado de elegibles de las convocatorias públicas, abiertas y competitivas, que se presenten para su viabilización, priorización y aprobación ante el OCAD de Ciencia, Tecnología e Innovación, de conformidad con el artículo 1.2.3.2.5 del Decreto 1821 de 2020. En todos los casos la entidad que presente el programa o proyecto responderá por la veracidad de la información contenida en los documentos que soporten los requisitos
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1 Carta firmada por el REPRESENTANTE LEGAL de cada una de las entidades que participan en el proyecto en la que se incluya y exprese la siguiente información: Si No N/A
a. Nombre completo del proyecto.
b. Conocimiento de su contenido y compromiso con el desarrollo de las actividades descritas a su cargo.
c. Para aquellas entidades que participen a través de grupos de investigación, se debe incluir el nombre del grupo o grupos de investigación.
d. Justificación sobre la capacidad técnica e idoneidad para participar en el proyecto


2 Acuerdo de propiedad intelectual suscrito por LOS REPRESENTANTES LEGALES de las entidades que cooperen a nivel científico e intelectual y las entidades que financiarán el proyecto, teniendo en cuenta las normas que regulan la materia. En caso de no requerir acuerdo de propiedad intelectual, justificar por qué no se requiere. Si No N/A


3 Certificado expedido por el REPRESENTANTE LEGAL de la entidad que presenta el proyecto en el que se defina la titularidad, administración, custodia y cuidado de los bienes y resultados derivados del programa o proyecto, en el cual conste que con la expedición de este certificado se entiende que la entidad que presenta el proyecto concertó este asunto previamente con los cofinanciadores del proyecto, según sea el caso. Si No N/A


4 Certificado suscrito por la secretaría de planeación o quien haga sus veces de la entidad territorial donde se va a ejecutar el programa o proyecto de inversión, en el que conste que el mismo está incluido en el Plan y Acuerdo Estratégico Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación. Si No N/A