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XII. (7.14.12) Proyectos de formulación, revisión o. ajuste de POT, PBOT o EOT.
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XII. (7.14.12) Proyectos de formulación, revisión o. ajuste de POT, PBOT o EOT.
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1 El documento técnico señalado en el ítem 2 del numeral 6.3: Requisitos generales para proyectos en fase III del presente documento debe contener, además, lo señalado en esta disposición: Si No N/A
a. El tipo de revisión y ajuste del POT (de mediano o largo plazo) y el propósito de las modificaciones que pretenden efectuar.
b. El listado de los documentos que resultan del proyecto: i) Estudios básicos para la incorporación de la gestión de riesgo en el POT, cuando aplique, ii) Memoria justificativa, iii) Documento de seguimiento y evaluación, cuando aplique, iv) Documento técnico de soporte: diagnostico territorial, formulación componentes general, urbano y rural, cartografía de diagnóstico y formulación, programa de ejecución, v) Proyecto de Acuerdo, vi) Documento Resumen.
c. Listado de perfiles de los profesionales requeridos para la ejecución del proyecto y su dedicación, con la justificación de la necesidad y pertinencia de cada uno de ellos.
d. Descripción de las acciones que se adelantaran para garantizar la participación comunitaria.


2 Documento de seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos respecto de los objetivos planteados en el POT vigente. De no contar con este documento debe incluirse dentro del alcance del proyecto, con su justificación y asimismo, se debe anexar un análisis preliminar del POT existente que le permita determinar el alcance de la revisión o ajuste y los estudios técnicos requeridos para sustentar el desarrollo del proyecto. Este requisito no aplica para proyectos de formulación. Si No N/A


3 Estudios básicos para la incorporación de la gestión del riesgo en el ordenamiento territorial, conforme con lo señalado en los artículos de la Sección 3 del Capítulo 1 del Título 2, Parte 2, del Decreto 1077 de 2015

De no existir los estudios señalados, deben incluirse dentro del alcance del proyecto y su justificación.
Si No N/A


Nota: La presentación de proyectos destinados a financiar los estudios técnicos y la formulación de los planes de ordenamiento departamental a los que se refiere la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT) Ley 1454 de 2011, no requieren el cumplimiento de estos requisitos y se regirán por los requisitos generales del presente acuerdo y las normas y reglamentaciones que el Gobierno nacional expida sobre la materia.
Nota: Los proyectos del sector vivienda, ciudad y territorio que tengan componentes relacionados con la reducción y captura de las emisiones de gases efecto invernadero y la reducción de la vulnerabilidad al cambio climático del territorio deben guardar concordancia con el Plan Sectorial de Mitigación y el Plan Sectorial de Adaptación al Cambio Climático estipulados en el artículo 170 de la Ley 1753 de 2015.